jueves, 17 de julio de 2008

PRINCIPIOS DE CONVIVENCIA SOCIAL




Aquello que obliga al hombre por los preceptos naturales, cívicos o religiosos a que se sujeta.


Cumplir con su obligación. Los Deberes ciudadanos que toda persona debe conocer, cumplir y difundir como integrante de una nación, están consagrados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en la Resolución XXX de la Organización de Estados Americanos, aprobada por primera vez en la Novena Conferencia Internacional Americana de 1948, y ratificada en todo o en parte en asambleas y resoluciones posteriores desde entonces: Los Artículos XXIX al XXXVIII de dicha Resolución enuncian los siguientes Deberes fundamentales de las personas: Deber de trabajo, Deber de pagar impuestos, Deberes de asistencia y seguridad social, Deber de servir a la comunidad y a la nación, Deber de obediencia a la Ley, Deber de ejercer el sufragio, Deberes de instrucción, Deberes para con los hijos y los padres y Deberes ante la sociedad.

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